¿Excencion del ISR en la venta de una casa habitacion?

Se que por medio de los recibos de luz puedo evitarme el pagar isr pero mi duda es si la ley marca algun tipo de tiempo que tiene que comprobarse que la casa es de uso habitacion.
gracias por su ayuda.....
¿Excencion del ISR en la venta de una casa habitacion?

Respuestas:

Efectivamente, la venta de tu casa habitación esta exenta del pago del ISR según el Art. 109 Frac. XV de esa ley, siempre y cuando el valor de la misma no sea mayor de 1,500,000 UDIS, el tiempo de habitar la casa no es condición, solo puedes hacer una venta de tu casa de habitación al año, para que sea exenta, si tuvieras mas de cinco años de habitar tu casa la condición de las UDIS desaparece.
El reglamento en sus artículos 129 130 te dice que el notario donde hagas la operación te va a pedir un comprobante que este a tu nombre de tu conyuge, ascendientes o descendientes, de cuenta de banco, casa comercial, recibo de servicios como agua o electricidad, o tu credencial de elector con el domicilio de la propiedad que vas a ve3nder, con uno de ellos es suficiente. Saludos


mientras la casa no tenga un local comercial habilitado como tal nno es necesario ya que la ley marca como uso habitacional todos los inmuebles que son para uso de vivienda.


asi es estas excento debido a k est destinada a la casa habitacion